domingo, 30 de diciembre de 2018

Resumen 2018


1. Artículos publicados:

"Juan de Coloma y la Corte: una aportación desde la indumentaria", Cuadernos de estudios borjanos, Nº 61, 2018 (Ejemplar dedicado a Juan Coloma y su época), págs. 175-190.


"Estudio de los tocados de los relieves de Felipe Vigarny en el Trasaltar de la Catedral de Burgos", Consuelo Sanz de Bremond Lloret y José Antonio Gárate Alcalde, aceptado en el Boletín de la Institución "Fernán González", Burgos.

2. Charlas:

"Indumentaria de gente villana y gente común en 1470 en la Paz de las Alpujarras", 20 de Mayo, Padules, organizado por la diputación de Almería.


3. Entrevistas:

(desde el minuto 12)


martes, 11 de diciembre de 2018

LA GOLA


Hoy toca hablar de la gola y de la frecuente confusión que se tiene con el  cuello de lechuguilla.

La gola era una pieza del arnés que cubría la parte delantera del cuello. Por lo tanto, si quieres ser un experto en indumentaria, a los cuellos de lechuguilla jamás se les debe etiquetar como golas, por mucho que lo diga la RAE

Juan de Austria, anónimo, colección particular (imagen obtenida aquí)

1599. Retrato de Argote de Molina, Francisco Pacheco

También la gola o goleguilla parece ser que fueron los puños rizados (nombre que se daba también a los cuellos holandeses). Aunque goleguilla también aparece como guarnición de calzas. 

Ver también:

Bibliografía:
  • Bernis Madrazo, Carmen: Indumentaria española en tiempos de Carlos V. Instituto Diego Velázquez, del Consejo Superior de Investigaciones Científicas (Madrid). 1962.
  • Bernis Madrazo, Carmen: La moda en la España de Felipe II a través del retrato de corte. Alonso Sánchez Coello y el retrato en la corte de Felipe II. VV.AA. Varios autores. Madrid, 1990.  Edita el Museo del Prado. 
  • Bernis Madrazo, Carmen: El traje y los tipos sociales en El Quijote. Madrid. El Viso, 2001. (Colección nuevas referencias).
  • https://ddd.uab.cat/pub/llibres/1896/72361/musarmjosest_a1896x5@mnac.pdf
  • http://moodle2.unid.edu.mx/dts_cursos_mdl/lic/VEL/HEV/AM/04/Armaduras.pdf

miércoles, 5 de diciembre de 2018

Exposición: La invención del cuerpo


"La invención del cuerpo", Palacio de Villena, Valladolid (Museo Nacional de Escultura)




Breve homenaje a la exposición que acabó el mes pasado sobre el cuerpo humano: anatomía y desnudo.





 La visitación, escuela castellana, segunda mitad del siglo XV



Milagro de San Cosme y San Damián, Isidoro de Villoldo, h. 1547

Maniquí articulado, atribuido a Alberto Durero, hacia 1525.


  
Maniquí anatómico, Mateo Vangorla, 1570.


San Juan de Dios, atribuido a Alonso Cano, 1652-1658


   
De symetria partium in rectis formis humanorum corporum Alberto Durero, 1534


 
Santa Ana, Juan de Juni, c. 1540-1545


Alegoría de la Pintura, atribuido Artemisia Gentileschi, 1630 - 1640, Musée de Tessé. Le Mans



Cabeza de San Pablo, Juan Alonso de Villabrille y Ron, c. 1707. Museo Nacional de Escultura. Valladolid

Ecce Homo, Pedro de Mena, 1670, Museo Nacional de Escultura. Valladolid


La Magdalena penitente, Francisco de Goya, c. 1797-1800, Museo Lázaro Galdiano, Madrid












lunes, 3 de diciembre de 2018

Novelas: Crónica del rey pasmado

"Crónica del rey pasmado" (1989), Gonzalo Torrente Ballester 



Novela ágil, sencilla, entretenida y humorística, pero tristemente sirvió (junto con la película que después se hizo de ella) para mostrarnos una imagen del Siglo de Oro patética y ridícula, sobre todo con respecto a la personalidad de Felipe IV.

Veamos sus errores y fantasías: 

1.


De nuevo hay que remarcar que no se quemaban judíos. 
A los moriscos se les juzgaba si había sospechas de prácticas mahometanas. La Inquisición los trató con bastante más benignidad que a los judaizantes. 
A las brujas, que también la Inquisición trató con bastante benevolencia, se las juzgaba si había herejía, blasfemia y/o hacían daño a otra persona. 
La pena de muerte se aplicaba a herejes no arrepentidos.

2. 


Resulta cómica la aseveración de que al pueblo español le gustaba «el olor a chamusquina» cuando precisamente será en Inglaterra y en Alemania donde la quema de gente (especialmente brujas) alcanzó unos niveles atroces. 
En cuanto a la pena de muerte la Inquisición nunca tuvo poder para ejecutar a los procesados. Esto dependió siempre de la justicia civil. La muerte en la hoguera ya se contemplaba en el siglo IV cuando el delito era de lesa majestad. La herejía pasó a ser de lesa majestad divina en un decreto de Inocencio III sin que se mencione el castigo en la hoguera. Será Federico II quien promulgará un edicto en el cual a los herejes se les podía condenar a dicho suplicio. De todos modos es cierto que la separación "Iglesia-Estado" no existía y ambos se apoyaban mutuamente.

3.


Utilizar el término mazmorra es un recuso que ciertamente le da otro toque siniestro a la Inquisición, pero como ya comenté en mi crítica de la trilogía Martín Ojo de Plata a los procesados con delitos muy graves se les encerraba en cárceles, y a los demás se les aplicaba el arresto domiciliario. 

4.

En ningún informe del Santo Oficio, ni de la Iglesia, se consideraba a las mujeres putas ni brujas.

5.



Torrente Ballester basa esta escena en un libelo mal intencionado que según Gregorio Marañón circuló por aquellos años:

"llevó el conde Don Gaspar de Guzmán a su mujer a San Plácido, y en un oratorio tuvo acceso con ella, viéndolo las monjas que estaban en él, de que resultó hincharse la barriga de la Condesa, y al cabo de once meses se resolvió, echando gran cantidad de agua y sangre, lo cual fue muy público en Palacio; y las monjas decían: o Dios no es Dios o esta señora está preñada".

Lo que sí es verdad es que en el convento de San Plácido tuvo lugar el caso de las monjas endemoniadas y posterior proceso de los Alumbrado por parte del Tribunal de la Inquisición. 

6. 


Y para terminar, el famoso bulo que desde que se publicó la novela es creído por un porcentaje muy elevado de personas: que la Iglesia prohibía que el marido viera desnuda a su esposa. Como ya escribí en esta entrada "El desnudo en la Edad Media y en el Siglo de Oro", no existe protocolo de la corte ni leyes de Dios y de la Iglesia que lo prohibieran. 



Bibliografía:
  • Álvarez Cora, Enrique: El Derecho penal ilustrado bajo la censura del Santo Oficio.
  • Garrad, K.: La Inquisición y los moriscos granadinos 1526-1580.
  • Ceballos Gómez, Diana Luz: Política, heterodoxia e Inquisición.
  • Carzolio, María Inés: El "demonio" en el monasterio. Apuntes sobre el proceso inquisitorial a Teresa del Valle de la Cerda, siglo XVII.
  • Elliott, John Huxtable: El Conde-duque de Olivares: el político en una época de decadencia.
  • Gutiérrez Masson, Laura: Inquisitio, fama, evidentia: La contribución de Inocencio III a la teoría de la notoriedad del delito.
  • Lara Alberola, Eva: El conde-duque de Olivares: magia y política en la corte de Felipe IV. Cuadernos de Historia Moderna 2015, 40, 63-88.
  • Marañón, Gregorio: Las hechicerías de Don Gaspar de Guzmán, Conde-Duque de Olivares.
  • http://revista.labsk.net/?p=115
  • http://www.madrid.org/bvirtual/BVCM000752.pdf

Ver más bibliografía aquí:
La Inquisición pontifica o papal

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